Cuando
inicié a escribir esta página, en noviembre de
2000, mi intención era comentar la nueva “Ordenación
General del Misal Romano” (OGMR) que en su tercera edición
se había anunciado. Y con una doble finalidad. Por una
parte dar a conocer un documento riquísimo sobre la
Eucaristía, que los clérigos conocen pero al
pueblo no ha llegado, incluyendo las novedades que aportará;
y por otra ofrecer a nuestros lectores, en lo que está de
mi parte, la riqueza que contiene para vivir la Santa Misa.
Ya he anotado, que dicha edición del misal en castellano parece que no
difiere grandemente de las dos anteriores y que se retrasará su salida
para favorecer una más cuidada traducción y revisión de
sus textos.
Hasta el mes pasado he dedicado este espacio a destacar los elementos que constituyen
toda celebración y que para todo equipo encargado de preparar la liturgia
son tan necesarios tenerlos en cuenta para una vivencia más rica de
la comunidad cristiana cuando celebra.
A partir de este mes, valiéndome de lo que se conoce, voy a intentar
mi primera intención.
En noviembre de 2001 ya avancé algo para que los lectores conocieran
la
OGMR.
Abrimos el Misal (el libro del altar). Lo primero que nos encontramos es con
una Presentación. Está firmada por el Cardenal Marcelo González
Martín, Arzobispo de Toledo, Presidente de la Comisión Episcopal
Española de Liturgia el 31 de marzo de 1988.
En ella da una explicación que ayuda a entender el contenido del misal
castellano; este supone una:
1º Satisfacción por poder disponer de un texto único para
todos los países de habla española.
2º Enriquecimiento del Misal con textos nuevos, no traducidos del latín,
sino compuestos directamente en alguna lengua moderna como obsequio a la particular
sensibilidad de nuestro tiempo, y
3º Un mejor uso pastoral del Misal Romano: “Esta nueva edición
de los sagrados textos, con sus ediciones y modificaciones, constituye una ocasión
privilegiada para que tanto los presidentes de las celebraciones como los responsables
de la liturgia en las diversas comunidades reflexionemos una vez más sobre
la importancia pastoral que tiene la Eucaristía, centro y culmen de toda
la vida de la Iglesia.
Inmediatamente siguen tres Decretos de la Sagrada Congregación
del Culto Divino.
Decreto por el que se aprueba el uso de dicho Misal que apareció con fecha
de 26 de marzo de 1970 en la primera edición. Y añade una Nota
sobre la segunda edición típica.
Otro con la misma finalidad, con fecha de 18 de mayo de 1977 para aprobar
y confirmar una versión española que se hizo en dicha fecha.
Y un tercer Decreto de la Conferencia Episcopal Española el 1 de enero
de 1978 por el que se daba como versión típica en todas las Diócesis
de España y el 22 de febrero de 1988 en el que se daba como versión
típica para todas las Diócesis españolas la nueva versión
castellana común a todas las naciones de lengua española.
Sigue la Constitución Apostólica “Missale Romanun” del
Papa Pablo VI con la que se promulgaba dicho Misal y que también sería
interesante darla a conocer a nuestros lectores.
Y por fin el documento al que queremos llegar la Ordenación General del
Misal Romano.
MANUEL JURADO, O. Carm.